Estamos ya en plena campaña de la Renta del ejercicio de 2021 y todos andamos haciendo cuentas para ver si sale a pagar o a devolver. Recuerda que nunca aceptes el borrador así como así, porque muchas veces pueden faltar cálculos, sobre todo a tu favor, en el sentido de desgravaciones o deducciones estatales o de tu Comunidad Autónoma. Mira bien todo, para bien o para mal, es decir, para que luego la Agencia Tributaria no te reclame algo y tengas que hacer una complementaria. Pero también hay otras dudas aparte de la declaración donde siempre tenemos el miedo de si Hacienda puede darte un tirón de orejas, actos económicos y financieros que quizá excedan de los límites que marcan. Veamos en este caso qué pasa con las transferencias, una de las dudas más comunes.
2¿CUÁL ES LA MÁXIMA TRANSFERENCIA QUE PUEDO HACER SIN TENER QUE DECLARAR?
Obviamente no valen trucos de enviar dinero a amigos o familiares, o que parezca simplemente eso, para cubrir una compra-venta. Por eso se vigilan las cantidades en si, y sin son grandes hay que declararlas, porque se supone son movimientos económicos normalmente logrados con negocios o ventas. El límite en España para mover por dinero vía transferencia sin necesidad de declararlo, retirarlo en cajeros, con el móvil o a través de la web es de 10.000 euros según la ley 7/2012. Pero hay una excepción.