La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional (AN) ha desestimado este martes el recurso de apelación presentado por la Fiscalía Anticorrupción y ha confirmado el archivo del ‘caso Villarejo’ para el presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, al insistir en que el mero cargo es «insuficiente» para vincularlo con las presuntas labores de espionaje llevadas a cabo por el comisario jubilado en ‘Wind’, ratificando además que los hechos relativos a otros encargos están prescritos.
AUTO Y MAGISTRADOS
los magistrados Alfonso Guevara, Carlos Fraile y Ana María Rubio validan la decisión del titular del Juzgado Central de Instrucción Número 6
Otros magistrados de la misma Sala ya rechazaron el recurso interpuesto por el presidente de ACS, Florentino Pérez, al que también se adhirieron Podemos y Corneliu Dica, uno de los presuntos perjudicados en ‘Wind’.
En el fallo anterior, del 6 de octubre, la Sala del Penal asentó que los delitos atribuidos a Sánchez Galán –cohecho activo, contra la intimidad y falsedad en documento mercantil– se habrían cometido entre los años 2004 y 2009, y su imputación no se produjo hasta 2021, por lo que para entonces el plazo de prescripción se había superado.
RRECURSO Y ALEGACIONES
Anticorrupción alegaba en su recurso que el juez instructor habría acogido «de modo acrítico» las alegaciones realizadas por la defensa de Sánchez Galán en el escrito donde interesó el archivo de las pesquisas para el presidente de Iberdrola.
El Ministerio Público aducía que el magistrado se había fijado solamente en los proyectos ‘Arrow’, ‘Black Board’, ‘Gipsy’ y ‘Posy’, que el grupo empresarial de Villarejo, CENYT, habría desarrollado entre 2004 y 2009 por encargo del ex jefe de Seguridad de Iberdrola Antonio Asenjo; pero había obviado que ‘Wind’ se habría desarrollado en dos fases distintas, una en 2011 y otra en 2016, lo que dilataría los plazos de prescripción.
La Fiscalía indicaba que, en un primer momento, ‘Wind’ se habría centrado en investigar a la sociedad Eolica Dobrogea
Así, la Fiscalía indicaba que, en un primer momento, ‘Wind’ se habría centrado en investigar a la sociedad suiza Eolica Dobrogea y a su accionista mayoritario Christopher Kaap, con quienes Iberdrola Renovables se había aliado para desarrollar una serie de proyectos en Rumanía, y con quienes surgieron diferentes conflictos que se resolvieron a favor de la empresa española en un procedimiento arbitral.
LLA SEGUNDA FASE
Y, en una segunda fase, apuntaba Anticorrupción, a partir de 2016 las pesquisas de CENYT en ‘Wind’ habrían tenido como objetivo «la localización de bienes de Eolica Dobrogea y de Christopher Kaap sobre los que poder ejecutar el laudo arbitral».
Los fiscales planteaban que, aunque ‘Wind’ habría sido contratado por Iberdrola Renovables, durante esos años Sánchez Galán era el presidente del grupo empresarial, de lo que deducían su presunta implicación.
UNA GRAN EMPRESA
Sin embargo, para la Sala dicho razonamiento no permite variar el criterio establecido en su auto del 6 de octubre, explicando en este sentido que «la mera Presidencia de Iberdrola SA, sociedad dominante del grupo, es a todas luces insuficiente como elemento incriminatorio para atribuir a quien dicho cargo ostenta, incluso en el plano indiciario propio de esta fase procesal, una participación en los hechos presuntamente delictivos».
«Y ello no solamente porque el señor Sánchez Galán, presidente de Iberdrola SA, no ostente o haya ostentado, como se ha acreditado documentalmente, la Presidencia de la sociedad dependiente (…) Iberdrola Renovables, que presuntamente encargó a CENYT el proyecto ‘Wind'», exponen los magistrados.
«Sino, sobre todo, porque la detentación del cargo –en este caso la Presidencia de la sociedad dominante– nada dice, especialmente en compañías de grandes dimensiones como las aquí referidas, acerca de la intervención en los hechos punibles o de su conocimiento», completan.
Además, subrayan que de la investigación judicial «no ha surgido ningún elemento que conecte a éste (Sánchez Galán) con los hechos relativos al proyecto ‘Wind'», reprochando a Anticorrupción que se limite a «insistir en la Presidencia de Iberdrola» como único argumento.
De esta forma, la Sala sella el archivo para Sánchez Galán de esta pieza separada, donde se investigan los encargos ilegales que el gigante energético habría hecho a las empresas de Villarejo desde 2004, una serie de proyectos por los que el ahora comisario jubilado se habría embolsado más de un millón de euros.