Si has vendido tu vivienda, seguramente estés de celebración, deseando disfrutar de tu dinero, invertirlo o bien meterlo en una cuenta de ahorro para sacarle rendimiento. Pero realmente no cerrarás esa etapa hasta que no termines de ajustar las cuentas pendientes con Hacienda. Dependiendo del caso puede que tengas que pagarle una cantidad a la administración, antes de olvidarte del asunto por completo y seguir con tu vida.
3PAGOS ASOCIADOS A UN INMUEBLE EN PROPIEDAD
Cuando se tiene una vivienda en propiedad, se adquiere la obligación de cumplir con una serie de impuestos. Algunos son municipales y otros estatales, y cada uno tiene su plazo correspondiente. Estos son los pagos que hay que abonar periódicamente:
- El IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles). Es un tributo municipal de carácter anual establecido por cada ayuntamiento, según el valor del suelo. Cuando se vende una vivienda, se suele repartir de forma proporcional el tiempo que corresponda a cada uno. Por ejemplo, si el piso se vendió en junio, pagaría 6 meses cada propietario.
- El IIVTNU (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana). Es la plusvalía que aplica cada ayuntamiento en función de distintos aspectos como el valor catastral, los años durante los que se ha tenido el inmueble en propiedad o las reformas que se hayan llevado a cabo. Este impuesto se encuentra ahora mismo en revisión para que el cálculo se ajuste mejor al beneficio real.
- El IRPF (Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas). Este impuesto es estatal y es lo que le corresponde a Hacienda cuando se vende una vivienda. Se calcula en función de las ganancias patrimoniales, valorando tanto la operación de venta como cualquier otra actividad económica.