martes, 3 diciembre 2024

Autónomo o asalariado, ¿Qué me conviene?

En multitud de ocasiones puede surgir la duda de si es más rentable ser asalariado o autónomo. A la hora de valorar qué es lo que más conveniente se han de tener en cuenta una serie de factores que van a influir mucho en el momento de montar un negocio o buscar empleo en una empresa.

Diferencias entre será autónomo o asalariado en materia de Seguridad Social

Entre la figura del trabajador autónomo y el asalariado hay grandes diferencias como la cotización. La cotización del trabajador por cuenta ajena se calcula en función del salario, mientras que el autónomo elige su base de cotización, siempre dentro de unos límites. Esto quiere decir que ganando lo mismo se pague más si se cobra por nómina que si se trabaja como autónomo.

Otra de las diferencias se encuentra en la indemnización por despido. El asalariado tiene derecho a percibir una indemnización por despedido mientras que los autónomos no puede contemplar adquirir ningún tipo de indemnización de este tipo, a no ser que lo pacte con un cliente a través de un contrato mercantil. En lo referente a las prestaciones por desempleo el trabajador por cuenta ajena cotiza por desempleo.

En caso de despido y cuando se haya cotizado un año como mínimo se puede percibir la prestación que se corresponda. En cambio, el autónomo puede cotizar por cese de actividad, pero la prestación que percibirá será menor y la duración también, además han de darse unas condiciones muy estrictas para tener derecho a esto, por lo que muy poco las cobran. Por otro lado, encontramos las prestaciones sociales donde el trabajador asalariado disfruta desde el primer día mientras que el autónomo no puede pedirla hasta el cuarto. En lo que respecta a la baja por enfermedad común. Si la causa es un accidente de trabajo o enfermedad laboral la persona autónoma solo cobrará la prestación si ha contratado esa cobertura a través de un seguro privado, pagando dicho coste.

Otra de las grandes desventajas que sufren los autónomos en que deben pagar de forma integra la cuota de la Seguridad Social, tenga o no ingresos.

El pago de impuestos

Los autónomos deben hacer frente a tres tipos de impuestos. Por un lado, encontramos el IRPF este es de tipo progresivo, es decir, cuanto más se gana más se debe de pagar. Esto quiere decir que cada autónomo paga una cantidad ya que se calcula en función de los beneficios generados, aunque funciona igual para los asalariados.

También encontramos la cuota de la Seguridad Social, se trata de un impuesto que garantizar las coberturas al trabajador por cuenta propia, como la sanidad o las incapacidades temporales, al igual que la prestación para la jubilación.  El problema surge en que la cuota mínima de pago es de 294 euros, y han de pagarse haya o no ingresos.

Por otro lado, encontramos el IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) , que se presentar de forma trimestral y anualmente, no esta directamente relacionado con el trabajador por cuenta propia. La función del autónomo es la de recaudar este impuesto para Hacienda.

Aún así, es importante saber que los asalariados también pagan impuestos que aparecen desglosados en su nómina. Entre ellos encontramos el IRPF que lo pagan tanto autónomos como asalariados, como se ha explicado anteriormente, siendo un gravamen sobre la persona física. La diferencia es que en los trabajadores por cuenta ajena se retira por adelantado cada mes en la propia nómina del trabajador. Otro de los impuestos que se retiene de la nómina son las contingencias comunes, así cada mes se extrae del total bruto de la nómina un 4,7% en concreto. Este impuesto se destina a la cobertura sanitaria, bajas laborales y jubilación. Y, por último, la retención para formación y desempleo donde se retiene un 1,65% del salario bruto, donde 1,55% va por desempleo y un 0,10% en concepto de formación profesional.

La pregunta es, ¿quién paga más impuestos?

Si el autónomo lo elige puede pagar menos impuestos que un asalariado. Un trabajador no decide cuánto tributa en cambio el autónomo tiene esa posibilidad, aunque luego tenga una serie de inconvenientes.

El autónomo paga menos Seguridad Social porque lo elige así. De hecho, en torno al 85% de los autónomos que se dan de alta como se acogen la base mínima de cotización, lo que tiene mucho sentido, ya que como trabajador por cuenta propia no sabes cuánto vas a ingresar a final del mes, y, por lo tanto, puede haber meses que no se cubran los gastos.

En cambio, al ser asalariado se cuenta con una estabilidad económica ya que se sabe que a final de mes se van a tener una serie de ingresos fijos, lo cual permite también tener una mejor organización en la economía doméstica.

Al ser autónomos puede que haya meses en los que los ingresos sean muy elevados y otros en los que apenas se haya hecho una venta. Pongamos un ejemplo: Si usted es el propietario de una agencia inmobiliaria y un buen mes vende 3 casas contará con unos ingresos muy fuertes ese mes, pero, igualmente puede haber meses en los que no haya una sola venta y haya que seguir pagando la cuota de autónomos, el alquiler del local, etc. Normalmente, este es el principal motivo por el que un autónomo decide pagar la cuota mínima.

Pero, esta circunstancia tiene un coste, si se compara la situación de un autónomo con la de un asalariado, el trabajador siempre va a tener una mejor jubilación, una presentación por desempleo muchísimo mejor con cuotas más altas, a las que, además, es mucho más fácil de acceder que a la prestación por cese de actividad de un autónomo, de igual forma tiene una mayor protección si tiene una basa temporal.

En conclusión, los autónomos pueden pagar menos impuestos que los trabajadores porque tiene la opción de elegir la cuota que más les convenga mientras que las personas asalariadas siempre van a tener que aportar una parte porcentual de su sueldo a los impuestos, pero, en caso de desempleo o baja cuentan con muchas menos ventajas que estos.

Estas son las principales diferencias fiscales entre ser autónomo o asalariado, pero también hay otras ventajas que, dependiendo la personalidad y el espíritu de cada uno pueden condicionar esta elección. Por ejemplo, al ser autónomo cada cuál es su propio jefe, pone sus horarios y elige sus vacaciones, mientras que si se depende una empresa siempre se vera condicionado por las normas que rija esta y los convenios en los que se vea inscrita.


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