Si, pensaréis que no hace tanto estabais haciendo la Declaración de la Renta del 2021 y ya estamos hablando de la siguiente, ya que quedan justo dos semanas para que comienza la campaña de 2022. Sin embargo, hay casos como veremos que en que es un motivo beneficioso para el contribuyente. La campaña de Renta, que comenzará en abril de 2022, se hace con el año fiscal de 2021 que concluyó el pasado mes de diciembre.
Así que es el momento de reunir todos tus documentos, cuentas, y hacer tus números, para ahorrarte un buen dinero a pagar y evitar sustos o pagos de más por no saber la ley tributaria. Y es que hay trucos a nuestra disposición, o mejor dicho, modos de pagar menos o no pagar legalmente que obviamente la Agencia Tributaria no te cuenta ni se molesta en publicitar. Tenemos que buscarnos la vida, y más este año que necesitamos ahorrar lo más posible y pagar lo menos posible.
2¿CUÁNDO NO TIENES NI QUE HACERLA?
Antes de hacerla, hay que ver si debes o no en virtud de las circunstancias establecidas. Según la normativa del IRPF, sólo tienen obligación de presentar la Declaración de la Renta aquellas personas que hayan percibido más de 22.000 euros en los doce meses anteriores y siempre que haya sido un único pagador.
En el caso de más dos o más pagadores, deberán de hacer la declaración si la suma de todos supera los 12.643 euros anuales (luego lo veremos con más detenimiento). Para el resto de casos hay obligación de cumplir con Hacienda. Deberías también saber que, por lo general, tanto tus ganancias por tu actividad laboral, inversiones, pensiones, o bienes patrimoniales, tendrán que declararse.
En cambio, existen una serie de rentas recogidas en el artículo 7 de la Ley de IRPF del BOE que están exentas de este tributo. Consulta también los que están exentos, la lista es larga: Prestaciones y pensiones por actos de terrorismo, pensiones por incapacidad permanente del régimen de clases pasivas, retribuciones por maternidad/paternidad y familiares no contributivas, becas, indemnizaciones por despido o cese laboral, prestaciones por desempleo, planes de ahorro a largo plazo, etc.