Unas cervezas, vinos… aunque sea poco, son muchos los conductores que cogen el coche tras haber bebido. En nuestro país, con la DGT al cargo, hay diferentes límites permitidos sobre la tasa de alcohol a la hora de conducir. Es verdad que siempre se explícita que la del 0,0% es la que todo el mundo debería estar en posesión, sin embargo, es posible dar cifras mínimas consideradas sin afecto en la conducción.
De todas formas, el famoso dicho ‘si bebes no conduzcas’ está más que presente en nuestras carreteras, por eso siempre la mejor recomendación es no hacerlo. Con todo, y en un nuevo marco, la DGT (Dirección General de Tráfico), aprobó una nueva tasa de alcohol permitida, y que entrará en vigor próximamente. Te la presentamos desde MERCA2.
7Podrán recibir multas de entre 500 y 1.000 euros
El motivo de Tráfico para introducir esta novedad es el auge de los vehículos de movilidad personal en la ciudad. Son muchos adolescentes los que recurren al patinete eléctrico y otros VMP para desplazarse. Ahora deberán tener mucho cuidado.
Ante esto, y como ya ocurre con los más experimentados, el que consuman alcohol supone directamente infringir la norma de la DGT, por lo que suponen también multas que oscilan entre los 500 y los 1.000 euros. En esas, la modificación del artículo implica otros fundamentos. Por ejemplo, que los menores de edad no podrán ponerse al manillar de un ciclomotor de 125 cc, y cuya licencia pueden obtener con 15 años cumplidos.