Según datos recopilados por la DGT, la Dirección General de Tráfico, casi el 30% de los conductores sometidos a los controles que realizan las autoridades habían consumido algún tipo de sustancia psicoactiva, drogas, alcohol o medicamentos, antes de realizar la prueba. Una cifra que sigue en aumento pasados los años. De hecho, en 2021 este dato subió un 5% con respecto al 2020.
Pero hay más; el pasado año esto mantuvo como el segundo factor más concurrente en los accidentes de tráfico solo por detrás de las distracciones. Ante esto, y las abultadas cifras, la DGT tiene como una de sus principales prioridades conseguir una movilidad por carretera en la que las víctimas mortales no existan. Tanto es así que para este 2022 se activarán nuevos controles de drogas para los conductores. Y sí; las multas son más grandes. Lo conocemos desde MERCA2.
6Nerviosismo, temblor, sudoración… son valores externos por las drogas que pueden influir en la conducción
En este sentido, la normativa indica que, a efectos de contraste y a petición del interesado, se puede repetir las pruebas para la detección de alcohol o de drogas. Esta segunda prueba será a través de un análisis de sangre, «salvo causas excepcionales debidamente justificadas». Si la prueba de contraste da resultado positivo, debemos tener en cuenta que el coste correrá a cargo del conductor que la ha solicitado.
Como decimos, Los agentes, además, han recibido un curso de formación específico que les permite valorar los signos externos que presente el conductor (nerviosismo, temblor, sudoración…) y que pueden influir en la conducción.
- Resultado negativo: si es negativo y no presentas síntomas visibles, podrás continuar tu viaje. En ningún caso el conductor será sancionado.
- Resultado negativo con síntomas: se está cometiendo un delito tipificado en el artículo 379.2 del Código Penal. Se procede a la inmovilización del vehículo a abrir un Acta de Signos Externos para la Determinación de la Influencia de Drogas en la Conducción.
- Resultado positivo: al conductor se le impondrá una denuncia administrativa según especifica el artículo 14 de la Ley de Seguridad Vial. También se inmovilizará el vehículo.