Según datos recopilados por la DGT, la Dirección General de Tráfico, casi el 30% de los conductores sometidos a los controles que realizan las autoridades habían consumido algún tipo de sustancia psicoactiva, drogas, alcohol o medicamentos, antes de realizar la prueba. Una cifra que sigue en aumento pasados los años. De hecho, en 2021 este dato subió un 5% con respecto al 2020.
Pero hay más; el pasado año esto mantuvo como el segundo factor más concurrente en los accidentes de tráfico solo por detrás de las distracciones. Ante esto, y las abultadas cifras, la DGT tiene como una de sus principales prioridades conseguir una movilidad por carretera en la que las víctimas mortales no existan. Tanto es así que para este 2022 se activarán nuevos controles de drogas para los conductores. Y sí; las multas son más grandes. Lo conocemos desde MERCA2.
2¿Cuáles son las tasas de alcohol y drogas permitidas para los conductores? Esto dice la DGT
De acuerdo con la legislación actual, las tasas de alcoholemia permitidas para los conductores en España son 0,5 g/l en sangre y 0,25 mg/l en aire espirado para los conductores en general. Mientras, para los conductores noveles y profesionales, estas cifras son de 0,3 g/l en sangre y 0,15 mg/l en aire espirado. En todo caso, si se superan los 0,60 y 0,30 mg/l respectivamente, la infracción se convierte en delito.
Esto puede conllevar la pena de prisión, con multas cuantiosas, o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y un a noventa días, como se refiere en el Código Penal. Para el caso de las drogas es distinto: la ley prohíbe conducir bajo los efectos de las drogas. A diferencia del alcohol, no admite una tasa mínima, sino que se practica la tolerancia cero. Con todo, las pruebas arrojan un resultado positivo o negativo, sin valor.