Entre las diferentes obligaciones que deben cumplir los autónomos cuando empiezan a trabajar por su cuenta, está la de dar de alta el centro de trabajo. Es un trámite a través del que se le dice a la Seguridad Social desde donde se trabaja.
Aunque puede parecer que esto no es importante, en realidad sí lo es. Tanto, que pasar por alto este trámite se sanciona con una multa que puede llegar a superar los 600 euros.
4La sanción por no dar de alta el centro de trabajo
Los profesionales tienen un plazo de 30 día desde el inicio de su actividad para comunicarle a la autoridad laboral desde donde llevan a cabo su trabajo. De nuevo, sin importar si es un establecimiento comercial o una vivienda particular.
Si la Administración detectar que ha habido una omisión en la comunicación de estos datos, la sanción a imponer puede oscilar entre los 60 y los 625 euros.