Al exjuez Baltasar Garzón no le han salido los planes. Por más que ha persistido en su empeño a golpe de recurso, el Tribunal Supremo no le ha dado la razón por «enésima» vez. El antiguo magistrado que fue expulsado de la carrera judicial había presentado un recurso (de nuevo) contra el exdirector de MONCLOA.com Joaquín Vidal dado que previamente se había querellado con el periodista por injurias y calumnias sin éxito. Sin embargo, el Supremo ha inadmitido el recurso de casación interpuesto por el conocido exjuez condenando a Baltasar Garzón al pago de las costas de todo el proceso. Todo esto confirma lo que ya se había dicho previamente en los juzgados: el sobreseimiento del caso. Desconocemos si recurrirá ahora al Tribunal de Justicia Europeo.
Garzón entendía que había un delito de injurias y calumnias contra su persona porque el director de MONCLOA.com había hecho unas referencias al exmagistrado que parecieron ofenderle, tal y como se desprende del recurso presentado. Joaquín Vidal se refirió a Garzón (después de haber publicado algunos de los audios del excomisario José Manuel Villarejo, especialmente el de la comida en el restaurante Rianxo) como a alguien que formaba parte de una «trama delictiva», de un «grupo mafioso», así como afirmar que formaba parte del «núcleo fundacional» y del «núcleo duro de aquella banda». Garzón se querelló y ningún juez ha entendido que haya delito en las afirmaciones del exdirector de MONCLOA.com.
El prestigioso bufete de abogados Durán & Durán Abogados ha comunicado con «satisfacción» que el exdirector de MONCLOA.com no seguirá respondiendo a los recursos de casación de Baltasar Garzón. Joaquín Vidal ha sido el responsable del medio en las fechas en las que se publicó en 2018 el famoso audio de una comida en el restaurante Rianxo de Madrid que tuvo lugar en 2009 y a la que asistieron tanto el exmagistrado Baltasar Garzón como la ahora Fiscal General del Estado Dolores Delgado. El impacto mediático que tuvo la publicación de estos audios salpicaron tanto a Dolores Delgado como al propio Garzón. En esa famosa comida en Rianxo también había otras reconocidas personalidades como el entonces director adjunto operativo (DAO) de la Policía, Miguel Ángel Fernández Chico, y los mandos policiales Gabriel Fuentes, Enrique García Castaño, y José Manuel Villarejo.
Las publicaciones tuvieron tal impacto social y político que la propia Dolores Delgado, quien entonces ejercía de ministra de Justicia, tuvo que dar explicaciones asegurando que las publicaciones de este medio eran directamente un «ataque institucional». Dio explicaciones especialmente porque llamaba «maricón» a un compañero del Consejo de Ministros y ahora titular de Interior, Fernando Grande Marlaska, y porque quedaba demostrado que tenía trato cordial y directo con el excomisario José Manuel Villarejo, cara más reconocible de las llamadas «cloacas del Estado».
Al exjuez Baltasar Garzón no le han salido los planes. Por más que ha persistido en su empeño
Por todo esto, Vidal mencionó en una tertulia a Baltasar Garzón como a alguien que formaba parte de una «trama delictiva», de un «grupo mafioso». El Supremo, sin embargo, entiende no solo que no hay delito de ninguna clase en estas afirmaciones, sino que no cabe recurso alguno. Sea como sea, el impecable trabajo del exdirector de MONCLOA.com ha quedado no solo contrastado, sino limpio de cualquier intento de manchar su figura profesional.
LA RESPUESTA DE DURÁN & DURÁN
Desde Durán & Durán Abogados acogemos con enorme satisfacción el reciente Auto núm. 1170/2021, de 4 de noviembre, de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que inadmite el recurso de Casación interpuesto por el ex juez Sr. Garzón Real, condenándole además en las costas, y confirma el sobreseimiento libre de nuestro cliente, Don Joaquín Vidal Fernández de Castro, por la querella que el primero le interpuso por injurias y calumnias cuando nuestro cliente era director del digital Moncloa.com al relacionarle con una presunta trama criminal de personas vinculadas al famoso «caso tándem».
Con esta resolución el Tribunal Supremo zanja la cuestión y queda confirmado el Auto de la Sección 2 en Pleno de la Audiencia Provincial de Madrid núm. 73/2021 de 4 de febrero de 2021 que estimó el recurso de Durán & Durán Abogados y acordó el sobreseimiento libre, frente al provisional del Juzgado de Instrucción, al considerar que la frases proferidas por el Sr. Vidal “ya en sí mismas consideradas, ya en el contexto en que fueron pronunciadas, no fluye natural su acomodo al tipo previsto y penado en el art. 208 Cp, no cabe sino considerar los hechos atípicos penalmente” y que, en todo caso, fueron proferidas dentro de los márgenes “de los derechos fundamentales protegidos en los arts. 16 y 20 de la C.E.”.
En consecuencia, los abogados del Sr. Vidal, Don Miguel Durán Campos, Don Miguel Angel Durán Muñoz y Don Luis de las Heras Vives, celebran una vez más que queden correctamente tuteladas las libertades informativas, especialmente, cuando las mismas son ejercidas por periodistas. Con esta decisión finalmente se consolida el criterio del Auto de la Audiencia Provincial de Madrid que supone una defensa de las libertades constitucionales de expresión e información y que se alinea, como no puede ser de otra forma, con la doctrina que nos llega desde Europa y que nos recuerda que la prensa juega un papel esencial en una sociedad democrática.