Sí, la baja laboral de los autónomos existe. Aunque los trabajadores por cuenta propia no son muy dados a acogerse a la situación de Incapacidad Temporal porque para ellos estar sin trabajar implica perder una buena parte de sus ingresos y, posiblemente, también clientes; lo cierto es que hay casos en los que estar de baja es inevitable.
Sin embargo, la IT no funciona igual en estos casos que para los trabajadores asalariados. Para empezar, es el autónomo el que debe preocuparse de hacer los trámites necesarios si quiere cobrar la prestación que le corresponde. Si no lo hace dentro de un determinado plazo puede verse en problemas.
4¿Cuánto se cobra durante el tiempo de baja?
La razón por la que la baja laboral de los autónomos es una situación por la que estos no desean pasar es porque el importe que se cobra a modo de prestación es bajo. En caso de baja por contingencias comunes se cobra el 60% de la base de cotización del mes anterior a la baja desde el día cuatro al 20. A partir del día 21 se cobra un 75%.
En el caso de una baja por contingencias profesionales, desde el primer día de baja hasta el ultimo se cobra un 75% de la base reguladora. Además, durante los dos primeros meses de IT (sea cual sea la razón de la baja) el autónomo debe seguir pagando sus cotizaciones a la Seguridad Social. A partir del día 60 de la baja es la mutua la que se hace cargo del abono de su cuota.