domingo, 24 noviembre 2024

Iraola Advocatorum ofrece algunas soluciones ante la imposibilidad de pagar las deudas

Cuando resulta imposible hacer el pago de una deuda, el escenario para una persona o familia deudora se vuelve muy incierto, preocupante y desalentador. Sin embargo, en las leyes españolas están tipificadas algunas soluciones a las que pueden optar los implicados ante la imposibilidad de pagar las deudas.

En estos casos, es muy importante contar con abogados que puedan llevar el proceso y garantizar que se llegue a un acuerdo que solucione el problema. La firma de abogados Iraola Advocatorum es una buena opción dada la calidad de sus profesionales y su amplia experiencia en Ley de Segunda Oportunidad.

Una solución legal para cuando es imposible realizar el pago de las deudas

En julio de 2015, la Ley de Segunda Oportunidad se publicó en el Boletín Oficial del Estado como una solución legal para particulares o empresas autónomas que, ante una situación crítica en su estado de finanzas, han adquirido con el tiempo deudas que son difíciles de pagar. Con esta legislación no se buscaba evitar el pago de las deudas, sino más bien reestructurarlas de tal manera que se pueda llegar a un punto de equilibrio entre los deudores y los acreedores. No obstante, la Ley de Segunda Oportunidad valora la posibilidad de una exoneración total de la deuda en caso de comprobarse que efectivamente la persona es incapaz de saldarla, sin que para ello deba poner en riesgo su patrimonio tanto presente como futuro. Desde entonces hay abogados especializados en esta ley, como los de Iraola Advocatorum, que brindan la ayuda necesaria a las personas que se encuentren en una situación de este tipo.

¿En qué consiste el proceso de la Ley de Segunda Oportunidad?

En esta ley, el procedimiento es muy garantista y se desarrolla mediante dos fases. A través de estas se evita que el deudor pueda sufrir un embargo o puedan continuar los ya acordados anteriormente. La primera fase es la extrajudicial, también conocida como Mediación Concursal, que consiste en negociar un Acuerdo Extrajudicial de Pagos con los acreedores, evitando tener que acudir a un juzgado. Por su parte, la segunda fase es la judicial o Concurso Consecutivo, en la cual se intenta negociar un convenio con los acreedores o se obtiene la exoneración total de las deudas mediante una resolución judicial.

Tanto el desarrollo como el objetivo de ambas fases es distinto y, por ese motivo, la persona deudora debe contar con la asesoría y representación de abogados que puedan manejar de la mejor manera posible la negociación en cualquiera de las fases. Así, la recomendación es acudir a profesionales que estén especializados en esta ley como los expertos de Iraola Advocatorum, quienes también son mediadores concursales.


- Publicidad -