En lo referido a la jubilación, la primera pata de la reforma de las pensiones ya está aprobada por el Consejo de ministros desde el pasado día 6 de julio. Se trata de un anteproyecto de ley que garantiza el poder adquisitivo de las pensiones, que se revalorizarán según el IPC, y en el que se establecen medidas para acercar la edad efectiva de jubilación a la edad legal.
Esto se hará mediante un endurecimiento de la jubilación anticipada voluntaria y mayores incentivos para retrasar el retiro del mercado laboral. Ahora bien. Una vez estipuladas las nuevas fases y los nuevos cambios referidos para 2022, hay muchos que se preguntan si es posible pedir un anticipo de la pensión de jubilación. Y lo cierto es que sí, y para ello es preciso solicitarlo a la Seguridad Social. Te lo detallamos a continuación.
7Tendremos la posibilidad de consultar la resolución
Una vez confirmada la solicitud del adelanto de la pensión de jubilación, tenemos a nuestro alcance la posibilidad de consultar la resolución de jubilación. Tres meses anteriores o posteriores a la fecha de cese en el trabajo, los trabajadores que se encuentren de alta pueden presentar la solicitud de pensión de jubilación. Esta consistirá en la percepción de una pensión vitalicia, única e imprescriptible, que se concede al trabajador cuando, a causa de la edad, cesa en el trabajo.
Sus efectos económicos se producen a partir del día siguiente a la fecha de cese en la actividad. Si han transcurrido los tres meses posteriores a la edad de la jubilación, entonces los efectos económicos comenzarán a contar desde el día siguiente al de presentación de la solicitud, excepto en algunas situaciones asimiladas al alta, en cuyo caso es cuando se produzca el hecho causante.