El Congreso aprobó el pasado 18 de marzo de 2021 la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia y desde hoy ya es una realidad y se puede solicitar. Y es que se dio un plazo de tres meses a las comunidades autónomas para la creación de las comisiones de garantía y evaluación, que serán los órganos encargados de supervisar cada caso y autorizar o no la prestación. Vamos a ver esos requisitos y cómo se aplicará.
Pero hoy no estará disponible en toda España porque ha habido cinco comunidades que todavía no han creado esas comisiones. Hablamos de Andalucía, Galicia, La Rioja, Madrid y Navarra. Y luego está el caso de Castilla y León, que han apurado hasta el último momento. Además, esas comisiones creadas han estado rodeadas de polémica. Y es que buena parte del espectro político, encabezado por PP y Vox, son contrarios a esta ley.
5Resto de pasos
Paso 6, 7 y 8: La CGE debe designar en 2 días un equipo formado por un médico y un jurista para que evalúen el caso. El equipo de la CGE tiene 7 días para elaborar un informe y deben notificar su resolución a la Presidencia de la Comisión de Garantías y Evaluación.
Pasos 9 y 10: Si es favorable, deben notificárselo al médico responsable en 2 días. A partir de este momento, entre 30 y 40 días tras la petición original, ya se puede llevar a cabo la eutanasia en el momento en el que decida la persona que la solicitó (no tiene por qué ser inmediatamente después de recibir la autorización). Cinco días después de la ayuda médica a morir, el médico debe remitir a la CEG un informe sobre todo el procedimiento.