Para un autónomo contratar al primer empleado es motivo de alegría pero también de preocupación. De alegría porque necesitar ayuda para sacar adelante el negocio quiere decir que este va bien, y de preocupación porque es normal que cuando llega esta situación el profesional no sepa muy bien qué es lo que tiene que hacer.
La burocracia siempre provoca un cierto recelo entre los trabajadores por cuenta propia. En realidad, entre todos los ciudadanos. Porque cada vez que hay que hacer trámites con la Administración empiezan las dudas sobre qué, cómo y cuándo hay que hacerlo. Sin embargo, convertirse en empleador no es tan complicado como puede parecer.
3Para contratar al primer empleado (y los siguientes) hay que hacer su alta en la Seguridad social
Cada vez que un empleador contrata a un nuevo trabajador debe cursar su alta en la Seguridad Social a través del modelo TA.1 (si el empleado no tiene número de afiliación) o del modelo TA.2/S. Es imprescindible que el trabajador esté dado de alta desde el mismo día en que comienza la relación laboral, para que esté protegido desde el primer momento.
Hacer el alta más tarde, o incluso no hacerla, puede dar lugar a importantes sanciones por parte de la Seguridad Social. Sanciones que siempre recaerán sobre el empleador y nunca sobre el trabajador.
De igual manera que hay que cursar el alta al inicio de la relación laboral, al final de la misma hay que dar de baja al empleado en la Seguridad Social. En la actualidad todos estos trámites se pueden hacer a través de la Sede Electrónica.