El secretario general de Salud Digital, Información e Innovación del Ministerio de Sanidad, Alfredo González, ha informado de que España ha gestionado hasta 1.752 Certificados COVID Digital Europeo a través de la aplicación ‘Spain Travel Health’, que deben utilizar todos los viajeros que lleguen a España para cumplimentar, antes de iniciar su viaje, un formulario de control sanitario por la pandemia.
El certificado permite desplazarse por territorio europeo al poder acreditar con este documento que los viajeros han sido vacunados, han superado el coronavirus o han dado negativo en una prueba diagnóstica en las horas previas al viaje.
Se trata de un documento gratuito, que será emitido en formato digital o físico y con la información al menos en el idioma del país emisor y en inglés, que armoniza los sistemas de cada Estado miembro y ofrece información básica sobre la situación médica de su titular con respecto al coronavirus, pero evita el intercambio de datos protegidos y garantiza la veracidad de la información recogida.
Además, las instituciones de la UE han dejado claro en el proceso de negociación que el certificado no debe ser entendido en ningún caso como una suerte de pasaporte ni de documento de viaje porque no interfiere en el derecho a la libre circulación, que asiste a todos los europeos tengan o no el nuevo documento europeo.
Su puesta en marcha en el conjunto de la Unión Europea está anunciada para el 1 de julio, aunque ya hay cerca de una decena de países que entregan certificados europeos a sus ciudadanos vacunados. El comisario europeo de Justicia, Didier Reynders, instó el martes al resto a empezar a distribuirlos «desde ya» para evitar un «big bang» en julio si se produce una demanda excesiva o surgen problemas técnicos de última hora.
Los Veintisiete se han comprometido a no imponer «restricciones adicionales» a los viajeros que tengan este certificado, lo que supone que quedarán exentos de la obligación de cumplir cuarentenas o realizar un nuevo test a su llegada al destino del viaje.
Con todo, los gobiernos nacionales se han reservado el derecho a activar un «freno de emergencia» con el que poder reintroducir restricciones en casos de emergencia, por ejemplo si la persona viaja desde una zona de muy alta incidencia o en donde se han detectado nuevas variantes peligrosas.
En tal caso, el Estado miembro que decida reintroducir medidas deberá hacerlo de manera proporcionada y limitada, siguiendo los criterios científicos y los datos epidemiológicos del Centro europeo para la Prevención de Enfermedades (ECDC, por sus siglas en inglés) y previa notificación a la Comisión Europea, a sus socios a la UE y a la ciudadanía.
La Eurocámara, que ha respaldado este instrumento con una amplia mayoría de 546 votos a favor, 93 en contra y 51 abstenciones, intentó sin éxito durante las negociaciones con los Estados miembro que los test diagnósticos vinculados al certificado fueran gratuitos, para evitar la discriminación entre los ciudadanos que son vacunados sin costes y quienes deben pagar una PCR para poder viajar.
Finalmente, los países deberán hacer que los test sean «asequibles» y fáciles de conseguir y la Comisión Europea deberá movilizar 100 millones de euros del Instrumento de Asistencia Urgente para que los Estados miembro puedan comprar test y rebajar así su coste.
Los países de la UE tendrán la obligación de aceptar los certificados de vacunación expedidos en otros Estados miembro para las vacunas autorizadas por la Agencia Europea de Medicamentos (EMA), aunque tendrán libertad para aceptar también aquellos emitidos para vacunas autorizadas con arreglo a procedimientos nacionales o en la lista de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para su uso en emergencias.