A partir del 14 de abril los autónomos que tengan más de 50 empleados deben cumplir con una nueva obligación, puesto que deben contar con un registro salarial cuyo principal objetivo es poder demostrar que las trabajadoras y trabajadores que ocupan un mismo puesto cobran igual.
Esta es solo una de la novedades que llegan vinculadas al objetivo de conseguir la igualdad en el ámbito laboral, pero no será la única ni la última. Está previsto que en los próximos años los autónomos tengan que asumir obligaciones que ya se han impuesto a las empresas, como contar con un Plan de Igualdad.
4¿Qué trabajadores se deben incluir en este registro?
Mientras que la obligación de registro horario se encuentra con algunas excepciones como la del personal de alta dirección, con esta nueva obligación para los empleadores no ocurre lo mismo. El registro de salarios debe contener datos sobre todos los puestos de trabajo que haya en la empresa, incluyendo a los directivos. Tampoco influirá el tipo de contrato que se tenga.
Además, hay que tener en cuenta que cualquier trabajador puede exigir en cualquier momento revisar el registro salarial de su empresa. Para ello tendrá que acudir a los representantes de los trabajadores. Si se le deniega el acceso, esto puede dar pie a una denuncia ante la Inspección de Trabajo.