Aunque hay quien prefiere no trabajar para la familia, para algunos autónomos poder contratar a familiares es una de las mejores opciones cuando necesitan que alguien les eche una mano en su negocio. Surge así la figura de los autónomos colaboradores, que son quienes colaboran en un negocio que es propiedad de una familiar directo.
La diferencia entre contar con un autónomo colaborador o contratar a un empleado no solo se nota a la hora de trabajar, también en lo referente a las cotizaciones a la Seguridad Social. Desde que entró en vigor la Ley de Medidas Urgentes del Trabajo Autónomo, los autónomos que contraten a familiares pueden ahorrarse algo de dinero en la cotización.
4Obligaciones con Hacienda del colaborador
La figura de los autónomos colaboradores está a medio camino entre ser un trabajador por cuenta propia y ser un trabajador por cuenta ajena. Hay que darse de alta y cotizar en el RETA como cualquier autónomo. Sin embargo, la manera de tributar se parece más a la del asalariado.
Esto implica que el autónomo colaborador no tiene que darse de alta en Hacienda ni cumplir con la obligación de liquidar de forma trimestral tanto el IVA como el IRPF. Sus ingresos los declara a través de la Renta en concepto de rendimientos del trabajo, igual que cualquier otro asalariado.