sábado, 14 diciembre 2024

Deliveroo y Glovo exprimen los días de contratos precarios antes de la ‘Ley rider’

La recién aprobada ‘Ley rider’ será publicada en el BOE en los próximos días, y las plataformas de delivery tienen claro que van a esperar hasta el último día para modificar el modelo laboral entre sus repartidores. Pasar de ser un falso autónomo a un trabajador asalariado es la máxima para estos repartidores, que actualmente cobran por los minutos que tardan en entregar un pedido, y no por las largas horas que esperan hasta que les asignan un reparto.

Pese a constar de un solo artículo con dos apartados, la ‘Ley rider’ ha supuesto casi cinco meses de intenso debate entre las partes implicadas, y numerosas manifestaciones de algunos colectivos de riders.

Según explicó la propia Ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, la ‘Ley rider’ obligará a las plataformas como Glovo o Deliveroo a considerar a los repartidores como trabajadores asalariados. Pero claro, no será de aplicación inminente, sino que las empresas gozarán de un tramo de adaptación de 90 días para cambiar todo su modelo operativo, y para que los trabajadores se puedan adecuar a la nueva modalidad.

Según ha explicado a MERCA2 Fernando García, representante sindical de UGT, “lo están retrasando absurdamente, y lo peor es que luego contarán con otros 90 días para aplicar la ley”, y añade que “juegan con el pan de los trabajadores, me parece una vergüenza”.

En este sentido, en la ‘Ley rider’ queda bien claro que la naturaleza de una relación laboral no es elegible, cerrando así la petición por parte de las empresas y algunos colectivos de repartidores que abogaban por la libre decisión de elegir entre ser autónomos o empleados asalariados por la empresa.

EL 90% SON AÚN FALSOS AUTÓNOMOS

Las compañías de reparto a domicilio están gastando su último cartucho para ahorrar el máximo posible en costas laborales, y desde UGT denuncian que “el 90% de los repartidores seguimos igual, con los contratos precarios. No han hecho nada a nivel general”.

Tras el anuncio de la ‘Ley rider’, estas empresas han contratado a unos pocos repartidores en ciertas ciudades, y en algunos servicios especiales, “como para hacer pruebas y experimentar. Pero lo hacen de forma opaca, y seguramente estén incumpliendo la legalidad, aplicando mal el convenio y subcontratando ilegalmente”.

De hecho, desde el sindicato Riders x Derechos se muestra cautos y saben que esto no acaba aquí. “Llevan cinco años saltándose la ley, o sea que no es de extrañar que lo seguirán haciendo”, y reclaman más inspecciones de trabajo y un registro y control público de estas empresas, sus herramientas digitales y algoritmos.

Otra de las novedades de la ‘Ley rider’ es que las empresas están obligadas a facilitar información a los comités de empresa sobre los algoritmos y sistemas de inteligencia artificial que afecten a las condiciones laborales.

INFORMAR DE LOS ALGORITMOS

Por tanto, las plataformas de delivery tienen la obligación de informar a los representantes de los trabajadores de los parámetros, reglas e instrucciones en los que se basan los algoritmos o sistemas de inteligencia artificial que afectan a la toma de decisiones que pueden incidir en las condiciones de trabajo, el acceso y mantenimiento del empleo, incluida la elaboración de perfiles.

La información que recaban con estas herramientas digitales es utilizada por estas compañías para contratar al personal y llevar a cabo la asignación de trabajo. Por un lado, consiguen datos muy valiosos para cualquier empresa como el perfil del consumidor, horarios de mayor consumo, productos más demandados, etc. Pero también obtienen datos de los propios repartidores como el tiempo que tardan en realizar el reparto y si acumulan quejas.

DISTRIBUIDORES AL CONSUMO ELIGEN EL DELIVERY

No solo los hosteleros han sucumbido a las plataformas de comida a domicilio, sino que algunos gigantes al consumo como Aldi, Carrefour, Alcampo, Condis y Sánchez Romero han contratado estas plataformas para la última milla.

Pero desde UGT denuncian que estos riders soportan contratos precarios, al igual que el resto. De hecho, aseguran que Glovo solo ha contratado a unos pocos repartidores para sus supermercados fantasma propios: los SuperGlovo.

Los súper fantasma de Glovo no están abiertos al público. No hay cajeras, solo mozos de almacén que preparan pedidos que se han hecho por Internet y que recogen bicicletas, motos o camionetas de reparto durante todo el día. Estos locales opacos ahora amenazan con multiplicarse en las ciudades con el boom del comercio online.

Sin embargo, los riders que se encargan del reparto en Aliexpress sí que gozan de un contrato laboral y disfruta de todas las ventajas habituales. Como ya explicó este medio, Glovo ha optado por contratar a estos repartidores para tener un mayor control sobre sus empleados y reducir así los posibles robos en los pedidos.

Sin embargo, estos contratos laborales no serían del todo legales, ya que tanto Riders x Derecho como UGT alertan de que estos contratos se realizan a través de ETT, subcontratas y empresas pantalla. “Se trata de una cesión ilegal de trabajadores y están en fraude de ley”, apuntan.


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