Ya llegó la primavera: época de buen tiempo, de flores, de días más largos, pero también con sus contras como las alergias o la Declaración de la Renta. Sí, ya llegó el momento. Desde mañana 7 de abril ya puedes rendir cuentas con Hacienda, aunque esperemos que a la mayoría resulte ser con saldo positivo, y más en un año terrible debido a la pandemia del coronavirus. Para que luego no te pille el toro, te adelantamos ya todo lo que necesitas saber para hacerla, cómo acceder al borrador y sobre todo las claves para pagar menos.
Toma buena nota y ponte manos a la obra, sobre todo si aún eres de los que prefieren ir en persona, ya que luego cuesta más coger cita previa o soportarás largas colas. Cuanto antes la hagas, mejor, sobre todo si te sale a devolver, ya que las devoluciones son por orden y si eres de los primeros recibirás el dinero que te corresponde en un breve espacio de tiempo, cuando la mayoría ni siquiera ha hecho aún la declaración. Si lo dejas para lo último, cobrarás ya a finales de año, y no estamos como para esperar cualquier ingreso. Vamos con los detalles.
7¿Cómo influirá la prestación por cese de actividad?
A pesar de tener carácter extraordinario, la prestación por cese de actividad que muchos autónomos cobraron en 2020 por tener su negocio cerrado o por haber visto bajar su facturación de forma notable, tiene la misma consideración que el cese de actividad ordinario. Por tanto, debe tributar como un rendimiento del trabajo.
Precisamente por ello, estas cantidades no se incluyeron en su momento en el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF sino que se declararon a través del modelo 190, cuya presentación le corresponde al obligado a retener a cuenta. En cuanto a qué efectos concretos tendrá el cobro de esta prestación en la Renta de los autónomos, depende de cuánto se haya cobrado.