Por lo general, cuando el Instituto Nacional de la Seguridad Social hace los cálculos de la pensión de jubilación que le corresponde a cada pensionista, el cálculo suele ser correcto. Rara vez se cometen errores en las pensiones, pero eso no significa que no sea imposible que se produzcan en ocasiones. De hecho, cada año suelen darse casos en España.
Por eso, si has detectado algún tipo de error en el cálculo de tu pensión, deberías saber cómo actuar. Tanto si es a la baja como si te están pagando más. En el primer caso te estarían ingresando menos de lo que te corresponde. Y en el segundo caso podrías tener problemas si la revisan y te reclaman lo que has cobrado de más. O por seguir percibiendo una pensión de un familiar ya fallecido…
2Errores habituales en el cálculo de la pensión de jubilación
No es frecuente que haya errores en la pensión de jubilación, pero rara vez se podrían dar casos en los que el pensionista está percibiendo una cantidad más elevada de lo que realmente le corresponde. Si es así desde el principio, es complicado de detectar, pero estarías obligado a devolver la diferencia. No obstante, podría ser algo puntual, lo que es más sencillo de detectar comparando con los ingresos de otros periodos. También podría ser todo lo contrario, es decir, un ingreso por debajo de lo habitual, lo cual es más sencillo de detectar, ya que no se confundiría con subidas anuales.
Otros casos podrían ser estar cobrando una pensión de jubilación de un fallecido, como ha ocurrido en algunas ocasiones en las que no se ha informado del fallecimiento y se continúa abonando dicho pago mensualmente.
Como bien indica la Seguridad Social, las personas que hayan percibido indebidamente las prestaciones de la Seguridad Social, estarán obligadas a reintegrar el importe correspondiente al error. Además, si se demuestra que ha sido de mala fe, podría implicar un delito con consecuencias mayores.
Además, la obligación de reintegrar el importe de estas prestaciones percibidas indebidamente prescribirá a los 4 años, contados a partir de la fecha de cobro o desde que fue posible ejercitar la acción para exigir su devolución.