En los últimos años la Seguridad Social ha puesto su particular lupa sobre los falsos autónomos, y muy especialmente en los conocidos como riders, los repartidores de empresas de delivery o reparto a domicilio de todo tipo de productos. Tras unos meses de lucha en los tribunales, los afectados por fin consiguieron que se reconociera que no eran realmente autónomos, sino que siempre deberían haber trabajado con asalariados.
La batalla judicial ha sido bastante larga porque las empresas afectadas no querían dar su brazo a torcer y han llevado el asunto ante el Tribunal Supremo a base de recursos. Ahora que el alto tribunal ha vuelto a dar la razón a los riders, es hora de que las empresas se pongan al día y paguen sus cotizaciones en el Régimen General de la Seguridad Social. Mientras tanto, los afectados van a recibir la devolución de las cuotas que pagaron cuando eran autónomos.
4El caso de Glovo
La gran mayoría de las plataformas especializadas en delivery han tenido problemas relacionados con el régimen jurídico de sus empleados, pero ha sido Glovo una de las más “guerreras”. La empresa no ha dudado en recurrir hasta la última instancia. Basando su defensa en el hecho de que sus riders son emprendedores.
Sin embargo, desde el punto de vista legal la situación de estos empleados no suscitaba demasiadas dudas. La Justicia ha señalado que en este caso los riders no tenían ningún margen de autonomía en su trabajo, por lo que no podía entenderse en ningún caso que fueran verdaderos autónomos.