La fecha para preparar la declaración de la renta se acerca, y siempre hay dudas con respecto a lo que debemos declarar y lo que no. No todos los ingresos que tienes se tienen que tributar en el IRPF. Hay varias rentas que están exentas de tributación, y si las conoces, te vas a poder ahorrar un buen dinero. Es por ello que debes saber cuáles son estas y por qué no estás obligado a presentarlas.
Lo primero que a cada uno se nos viene a la cabeza cuando pensamos en la declaración de la renta es cómo hacer para pagar menos impuestos. Es en este punto donde empiezas a tener más dudas, como si debes declarar a Hacienda y qué ingresos son los que hay que poner. A continuación, te dejamos con la información que necesitas.
5La baja por maternidad no entra en la declaración de la renta
Esta ha sido una de las últimas que se han añadido a las rentas que están exentas en el IRPF. A partir de octubre del pasado 2018, la prestación que se percibe por maternidad y paternidad que paga la Seguridad Social durante el periodo de baja no se tributa en la declaración de la renta.
Es decir, no vas a tener que sumar el dinero que has percibido de la baja por maternidad a los demás ingresos cuando hagas el IRPF. En cambio, sí podrás restar los gastos fiscalmente deducibles por haber recibido la prestación por paternidad en la declaración del IRPF. Te dejamos una lista con todas las rentas que están exentas:
- Las indemnizaciones de seguros
- Los premios de loterías, apuestas y sorteos
- Las herencias y donaciones
- La pensión de alimentos
- Capitalizar el paro
- Premios literarios, artísticos o científicos
- Determinadas ayudas públicas
- Rentas mínimas de inserción
- Determinados daños personales
- Pensiones y prestaciones por incapacidad y gran invalidez
- La dación en pago
- Rentas de instrumentos de coberturas
- Transmisión de inmuebles obtenidos a título oneroso
- Becas de deportistas
- Las becas públicas
- La hipoteca inversa
- Rentas vitalicias aseguradas
- Planes de Ahorro a largo plazo