Algunos trabajadores ansían la llegada de la jubilación. Ese momento en el que pueden dejar atrás su vida laboral y poder disfrutar de esos momentos que el trabajo no les había permitido disfrutar. Tiempo para poder estar con sus seres queridos, para dedicar a sus aficiones, o para viajar. Además de poder dejar atrás esas largas jornadas laborales que el cuerpo con 50 o 60 años no aguantaba como cuando se tenía 20 o 30.
Pero, no todos necesitan jubilarse, algunos no lo hacen cuando les llega la edad y deciden optar por una modalidad parcial para pode seguir compaginando la paga con algún trabajo a tiempo parcial. Otros se ven forzado a ello, ya que existen profesiones en las que te obligan a parar antes de tiempo.
3Sectores o profesiones que se acogen a esta modalidad
La jubilación forzosa se recoge en el convenio colectivo. Y es una medida que debe vincularse a los objetivos políticos de empleo expresados en dicho convenio, según recoge la disposición adicional décima del Estatuto de los Trabajadores.
Una quincena de convenios la recogen desde la aprobación de esta modificación legal que afecta a esta modalidad de jubilación. Los sectores o empresas que recogen en sus cláusulas para jubilar de forma forzosa a sus trabajadores, si cumplen con los requisitos legales, son:
- El sector de la construcción.
- La seguridad.
- La industria del metal.
- O empresas como Telefónica, Iberdrola, Orange, etc.
Es decir, millones de trabajadores pueden estar bajo la posibilidad de poder entrar en este tipo de jubilación forzada en España.
Por cierto, unas cláusulas en las que se establecen la sustitución de los trabajadores que se fuerzan a esta jubilación por otros contratos indefinidos. Por lo general, lo habitual es convertir a trabajadores en prácticas o temporales en fijos. Otras empresas buscan ampliar la jornada de algunos otros trabajadores a tiempo parcial para que sea completa.