Algunos trabajos, especialmente los físicos, no permiten a las personas ir más allá de la edad de jubilación. Es más, en algunos de ellos se suele elegir la modalidad anticipada porque no se tienen las facultades necesarias para continuar a ciertas edades, e incluso hay trabajos donde se adelanta la edad frente a otras. En cambio, en otros trabajos se puede ir incluso más allá de los 65-66 años (a partir de 2021) sin ningún tipo de problema.
Pero, además de esas posibilidades, también existe una modalidad intermedia que puede ser muy interesante. De hecho, cada vez son más los que deciden optar por la jubilación parcial. Una forma de obtener unos ingresos fijos de tu media pensión y agregar también un extra con algún trabajo a tiempo parcial.
4¿Cómo y dónde solicitarla?
Por último, para todos los interesados en acceder a la pensión parcial en este 2021, deberían saber cómo y dónde se puede solicitar.
Para poder acogerte a esta modalidad de jubilación, lo primero que debes hacer es hablar con tu empresa y ver si es posible ese tipo de contrato parcial.
Una vez lo tienes claro, lo siguiente es presentar tu solicitud en una oficina del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) de tu zona o en el Instituto Social de la Marina (ISM) si eres trabajador afiliado del Régimen Especial de Trabajadores del Mar.
Se debe hacer con tres meses de antelación, y habiendo realizado con anterioridad el contrato a tiempo parcial. Además, se debe hacer de forma presencial, y pidiendo cita previa en el teléfono 901 10 65 70, a través de la Sede Electrónica, o de la app de la Seguridad Social.
Una vez tengas cita y llegue el momento, debes ir con la documentación necesaria a la oficina:
- DNI para españoles, o NIE y pasaporte (para extranjeros).
- Formulario de solicitud cumplimentado.
- Certificado de la empresa donde conste que tienes el contrato a tiempo parcial y contrato de relevo en caso de necesitarlo.
- Certificado de discapacidad, en caso de tener una discapacidad igual o superior al 33%.
- Si no se llega a los años cotizados exigidos, es posible acceder contabilizando lo cotizado en el Servicio Militar o en Prestación Social Sustitutoria. En ese caso, se debe presentar este tipo de acreditaciones de haber cumplido estos servicios.
- Lleva siempre el documento original y una copia de cada uno de los documentos necesarios.