Algunos trabajos, especialmente los físicos, no permiten a las personas ir más allá de la edad de jubilación. Es más, en algunos de ellos se suele elegir la modalidad anticipada porque no se tienen las facultades necesarias para continuar a ciertas edades, e incluso hay trabajos donde se adelanta la edad frente a otras. En cambio, en otros trabajos se puede ir incluso más allá de los 65-66 años (a partir de 2021) sin ningún tipo de problema.
Pero, además de esas posibilidades, también existe una modalidad intermedia que puede ser muy interesante. De hecho, cada vez son más los que deciden optar por la jubilación parcial. Una forma de obtener unos ingresos fijos de tu media pensión y agregar también un extra con algún trabajo a tiempo parcial.
3Requisitos para la jubilación parcial
En cuanto a los requisitos para la jubilación parcial, se debe diferenciar entre dos casos diferentes: si se ha alcanzado la edad de jubilación ordinaria o si no se ha alcanzado dicha edad.
Si se ha alcanzado la edad de jubilación ordinaria pero quieres seguir manteniendo parte de la jornada de tu trabajo con la jubilación parcial:
- Para este 2021 hay que tener 66 años se se han superado el mínimo de los 15 años de cotización a la Seguridad Social necesarios para acceder a una pensión contributiva. O 65 años si tienes al menos 37 años y 3 meses o más.
- Reducir la jornada y salario entre el 25% y el 50% de común acuerdo con el empresario.
- No se necesita antigüedad mínima ni tampoco contrato de relevo.
La otra opción es si se decide acceder a la jubilación parcial sin haber llegado a la edad de jubilación ordinaria (una jubilación parcial anticipada):
- La empresa debe estar de acuerdo con este tipo de jubilación. Es decir, el trabajador no puede exigirlo.
- Se debe realizar una modificación del contrato existente para que sea a tiempo parcial por escrito e indicando la jornada realizada.
- En este caso sí que se necesita contrato de relevo obligatorio.
- La jornada debe estar reducida entre un 25% y un 50% igual que en el caso anterior.
- Tener una edad mínima en función de los años cotizados. En este 2021 sería de 35 años y 3 meses o más cotizados para hacerlo a los 62 años, o 63 años si se tiene solo 33 años o más cotizados a la SS.
- Acreditar una antigüedad de un mínimo de 6 años que estén inmediatamente comprendidos antes de la fecha de la jubilación parcial.
En cualquiera de los casos, se puede pasar de la jubilación parcial a la total si se quiere y se cumplen los requisitos para cobrar la pensión contributiva.