En marzo de 2020 llegaba a España la primera ola de coronarivus, y hubo que hacer cambios en la legislación para aportar protección a nivel económico no solo a aquellos que se habían contagiado sino también a quienes tenían que permanecer en aislamiento. Sin embargo, unos meses después nos encontramos con con que no todos los autónomos que están de baja por Covid-19 cobran lo mismo.
Esto se debe a la calificación que se dé al motivo de la baja. Porque la protección no es la misma en caso de tratarse de un profesional que se ha contagiado del virus que si se trata de un autónomo que tiene que cerrar su negocio para permanecer en cuarentena por un posible contacto indirecto, aunque él no esté enfermo.
7¿Cómo tramitar la baja por coronavirus?
El autónomo que tenga que estar de baja por estar enfermo o por tener que guardar cuarentena debe tener un parte de baja laboral emitido por su médico de cabecera. Después puede solicitar el pago directo de la prestación por incapacidad temporal a su Mutua de Accidentes.
Si la catalogación que se da a la baja es por enfermedad común, entonces es la Seguridad Social quien se hace cargo de las prestaciones. Pero, en cualquier caso, es importante hacer estos trámites lo antes posible.