A nadie le hace gracia tener problemas con Hacienda, pero lo que debemos tener muy claro es que no todas las infracciones son iguales. No es lo mismo una infracción administrativa que haber cometido un delito tributario. La diferencia de sanciones entre una acción y otra es muy importante, por eso hay que saber diferenciarlas.
Para cualquier contribuyente es esencial estar al día sobre las obligaciones que tiene que cumplir con respecto a la Agencia Tributaria, pero esto se vuelve todavía más importante en el caso de los autónomos, puesto que la relación entre estos y Hacienda es mucho más estrecha, al tener que liquidar impuestos como el IVA y el IRPF de forma trimestral. Por eso, vamos a ver qué conductas son las que no se deben realizar bajo ningún concepto.
2¿Qué es un delito fiscal?
Se comete el delito cuando existe la voluntad (dolo) de defraudar a Hacienda, pero siempre y cuando el importe defraudado supere los 120.000 €. Aquí la conducta típica implica no informar a la Agencia Tributaria sobre la percepción de ciertos ingresos a fin de no pagar la cuota correspondiente.
Para poder hablar de delito es necesario que la actuación del sujeto sea tendente a evitar el pago, es decir, que debe ser una conducta totalmente intencionada y con ánimo de evitar el pago de impuestos.