La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado a Repsol con 5 millones de euros por incumplir las obligaciones que el organismo le impuso en dos expedientes sancionadores previos relativos a sus contratos con empresarios de gasolineras independientes.
En dichos expedientes, fechados en julio de 2009 y diciembre de 2013, la petrolera fue sancionada, junto con Cepsa y BP, por infringir la normativa española y europea de competencia al fijar indirectamente el precio de venta al público de sus carburantes a empresarios independientes que operaban bajo su bandera.
La CNMC consideró entonces que, con esta práctica, se restringía la competencia entre las estaciones de servicio de su red y entre el resto de estaciones de servicio y multó a Repsol con 8,75 millones de euros, por lo que esta nueva multa de 5 millones es la segunda que le impone el organismo por incumplir la resolución de 2009.
Además de las sanciones que impuso, Competencia instó a las petroleras a tomar las medidas necesarias para que el precio de transferencia o de cesión del carburante se estableciera con criterios objetivos, de forma que no desincentivaran a las estaciones de servicio a realizar descuentos a sus clientes.
Dentro de la labor de vigilancia para verificar el cumplimiento de las obligaciones impuestas en dichos expedientes, Competencia ha dictado ahora otra resolución para comprobar en concreto la forma de determinación del precio de transferencia del carburante en los contratos de comisión y en los contratos de reventa indexada a precio de referencia en los cuales los distribuidores son empresarios independientes.
Según la CNMC, la única solución de cumplimiento que adoptó Repsol desde 2016 fue implementar un nuevo modelo de contratación, conocido como «modelo consigna», que se basa en la fijación directa de precios a las estaciones de servicio afectadas, bajo la presunción de que actúan como agentes o comisionistas puros.
La fecha definitiva de finalización del proceso de conversión de todos sus contratos al citado modelo era el 31 de diciembre de 2018. Sin embargo, a fecha 1 de enero de 2019 seguían subsistiendo en la red de Repsol una gran cantidad de contratos que incumplían las resoluciones de 2009 y de 2013, apunta Competencia.
Por todo ello, la CNMC «considera acreditado que Repsol ha incumplido las citadas resoluciones» en relación con los contratos sujetos a cumplimiento subsistentes entre el 1 de enero de 2019 y el 22 de octubre de 2019, fecha en la que la petrolera «decidió unilateralmente migrar todos los contratos subsistentes a un modelo alternativo denominado variable precio de tercer cuartil provincial».
La CNMC ha instado además a la Dirección de Competencia para que vigile el cumplimiento de la resolución recién aprobada y prosiga la vigilancia del expediente. Competencia recuerda que esta resolución pone fin a la vía administrativa, y ante ella cabe presentar recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su notificación.