domingo, 24 noviembre 2024

Hacienda responde: el cese de actividad no se declara en el modelo 130

santander autonomos

Desde que comenzó la crisis del coronavirus los autónomos han enganchado una preocupación con otra. La prestación extraordinaria por cese de actividad se aprobó hace ya unos meses para ayudar económicamente a los profesionales por cuenta propia y que estos tuvieran ingresos aunque su negocio estuviera cerrado por la Covid-19, o facturaran muy poco. Pero lo cierto es que a día de hoy sigue habiendo dudas sobre cómo debe declararse esta prestación ante Hacienda.

Una buena prueba de que no son uno o dos autónomos los que tienen esta duda es que la propia Agencia Tributaria ha tenido que aclarar el tema porque estaba recibiendo muchas consultas sobre el mismo. Al tratarse de una situación tan excepcional, incluso los expertos en fiscalidad han tenido dudas sobre cómo debían declarar el cese de actividad.

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Plazo para declarar el cese de actividad

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El Modelo 190 con clave C debe presentarse entre el 1 y el 31 de enero, incluyendo las percepciones por cese de actividad que se hayan recibido en el ejercicio anterior (en este caso en 2020). Por lo tanto, si un autónomo ha percibido en 2020 esta ayuda, o sigue percibiéndola cuando comience el próximo año, debe presentar obligatoriamente este documento.

Hacienda prefiere que este tipo de gestiones se hagan de forma telemática. Pero, siendo conscientes de que quizá algunos autónomos no puedan hacerlo, amplía un poco más el plazo para quienes no pueden hacer la presentación online, hasta el 4 de febrero.

Mayka J.
Mayka J.
Jurista por formación y escritora por vocación. Llevo más de diez años dedicada al mundo de la redacción con especialidades como Derecho, pymes, autónomos, emprendimiento y marketing digital.

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