Para un autónomo contar con un empleado es una gran ventaja, pero también una gran responsabilidad. Implica tener a alguien en quien se puede confiar y que se encargará de que vaya saliendo el trabajo acumulado, pero a la vez supone asumir una serie de gastos en concepto de nómina y seguros sociales.
Cada vez que un profesional por cuenta propia contrata a un empleado está ganando dos acreedores. Por un lado el trabajador, al que tiene que pagar mensualmente la nómina, y por otro lado la Seguridad Social, a la que tiene que pagar también mensualmente las cotizaciones de ese trabajador.
2Dar de alta al empleado en la Seguridad Social
La legislación nos dice que cualquier persona física o jurídica que contrate a otro estableciendo con él una relación laboral (no si se trata de un contrato mercantil) debe dar de alta a ese trabajador en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda. El alta se hace generalmente a instancia del contratante, aunque también puede darse a instancia del trabajador si su empresario hubiera incumplido la obligación e incluso de oficio por parte de la Seguridad Social.
El alta es un acto administrativo que crea una relación jurídica entre el obligado al pago de las cotizaciones, el cotizante (si no fuera la misma persona que el obligado al pago) y la Seguridad Social. De esta relación nace el derecho a percibir prestaciones económicas y en materia de sanidad pública, pero también la obligación de pagar las cotizaciones.