Que un autónomo tenga deudas no es nada extraño. El problema viene cuando las obligaciones pendientes superan la capacidad económica del endeudado, porque en este caso se vuelve imposible o casi imposible hacer frente al pago de las deudas. Es entonces cuando se puede acudir al proceso de Segunda Oportunidad.
En el año 2015 se aprobó la Ley 25/2015, de 28 de julio, que regula el mecanismo de segunda oportunidad, la reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, norma a la que comúnmente conocemos como Ley de Segunda Oportunidad. Su principal característica es que es de aplicación a todo tipo de personas físicas, lo que incluye a los autónomos.
5Un procedimiento en dos partes
La característica del proceso de Segunda Oportunidad es que tiene dos partes claramente diferenciadas. Una vez nombrado el mediador este cita a los acreedores y al deudor a una reunión e intenta acercar posturas y conseguir un acuerdo de pago que pueda resultar beneficioso para ambas partes.
Si se llega a un acuerdo este quedará recogido en escritura pública y vinculará a todas las partes intervinientes. Desde ese momento, el autónomo tendrá que hacer los pagos en el tiempo y forma convenidos si quiere ir liberándose poco a poco de sus deudas. Lo bueno es que al intervenir un mediador los acreedores tienen algo más de presión y suelen aceptar hacer algunos ajustes en la deuda. Pero si no es posible el acuerdo, entonces hay que seguir a la segunda fase del procedimiento, que se desarrolla ante el juez.