Que un autónomo tenga deudas no es nada extraño. El problema viene cuando las obligaciones pendientes superan la capacidad económica del endeudado, porque en este caso se vuelve imposible o casi imposible hacer frente al pago de las deudas. Es entonces cuando se puede acudir al proceso de Segunda Oportunidad.
En el año 2015 se aprobó la Ley 25/2015, de 28 de julio, que regula el mecanismo de segunda oportunidad, la reducción de la carga financiera y otras medidas de orden social, norma a la que comúnmente conocemos como Ley de Segunda Oportunidad. Su principal característica es que es de aplicación a todo tipo de personas físicas, lo que incluye a los autónomos.
4¿Cómo se comienza el proceso?
El autónomo que desee acogerse a un proceso de Segunda Oportunidad tiene que ponerse primero en manos de un abogado especialista en estos temas y contratar a su vez un procurador que le representará a lo largo del proceso. Esto implica que para poder acceder al procedimiento primero hay que hacer un desembolso económico.
El abogado se encargará de elaborar un expediente que recoja toda la información relativa a las deudas: origen de las mismas, cantidades que se han pagado, cuantías pendientes, intentos de negociación entre el deudor y el acreedor, etc. Una vez que el expediente está listo se presenta ante el Notario y este procede a nombrar a un mediador.