sábado, 5 abril 2025

Estado de alarma: esto es lo podrás hacer y lo que no

El domingo pasado se decretó un nuevo estado de alarma, el segundo que se decreta en este año 2020. Esta figura es un régimen excepcional que permite limitar la circulación, requisar bienes o limitar el uso de servicios o consumo de artículos, entre otras cosas. Eso sí, esto no significa que se vayan a hacer todas las medidas, ya que solamente se harán algunas y las cosas no serán como en marzo.

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Como al escuchar la frase “estado de alarma” la gente se confunde, vamos a explicar en qué consiste esta vez y en qué te afecta. Vamos a ver lo que puedes y lo que no puedes hacer, la duración que tendrá y si habrá o no un confinamiento, entre otras cosas.

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Las excepciones del estado de alarma al toque de queda y confinamiento perimetral

Estado de Alarma

No se podrá salir de casa en los horarios de toque de queda en la mayoría de comunidades autónomas, ya que la mayoría van a prorrogar el toque de queda hasta que el virus remita. Eso sí, en este caso hay algunas excepciones por las cuales se puede salir de casa.

Podrás salir por trabajo, por estudios y para asistir a personas dependientes. Además, podrás renovar permisos oficiales, realizar exámenes y desplazarte a entidades financieras. Asimismo, podrás regresar a tu domicilio habitual sin problemas si has salido a realizar alguna de estas tareas.

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