Las personas que cumplen 65 años y 10 meses durante este año 2020, podrán jubilarse. También las que cumplen 65 años y ya hayan cotizado un total de 37 años. A pesar de ello, hay ciertas profesiones que al ser de riesgo o especialmente peligrosas, tienen el privilegio de una jubilación anticipada.
Según está explicado en la web oficial de la Seguridad Social: «la edad ordinaria de jubilación puede ser rebajada o anticipada en aquellos grupos o actividades profesionales, cuyos trabajos sean de naturaleza excepcionalmente penosa, peligrosa, tóxica o insalubre y acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, siempre que los trabajadores afectados acrediten en la respectiva profesión o trabajo el mínimo de actividad que se establezca, se encuentren en situación de alta o asimilada a la de alta y cumplan los demás requisitos generales exigidos«. Sigue leyendo para descubrir cuáles son estas profesiones.
2Trabajadores incluidos en el estatuto minero
En el caso de los trabajadores que están incluidos en el estatuto minero. La edad exigida en cada momento será rebajada en función de un período que sea equivalente al que resulte de la aplicación al período de tiempo efectivamente trabajado en cada una de las categorías y especialidades profesionales de la minería del carbón.
Para ello, será aplicado un coeficiente que corresponde a una escala. La cual comprende desde el 0,50 al 0,05 en función de la peligrosidad y toxicidad de sus actividades desarrolladas. Un trabajador con una edad inferior a los 60 años podrá acceder a la jubilación anticipada si con su edad teórica, la edad real más sus bonificaciones, consigue llegar a sobrepasar la edad que es mínimamente exigida.