Cuando un autónomo está de baja laboral por sufrir una enfermedad o una lesión, sean o no laborales, tiene derecho a cobrar por ello una prestación. En el caso de estos profesionales el pago lo realiza lo mutua, lo que supone una diferencia con respecto a los trabajadores por cuenta ajena, ya que en su caso el pago se realiza de forma delegada por su empresa.
El sistema que rige para los autónomos (y para los asalariados en algunos casos) es lo que conocemos como pago directo. Aunque en realidad no existe mucha diferencia entre un pago directo y uno delegado, la cuestión es que nuevamente es el autónomo el que tiene que preocuparse de gestionarlo todo si quiere cobrar esa prestación a la que tiene derecho.
4¿Cómo solicita el autónomo el pago directo?
Uno de los inconvenientes del pago directo es que es el autónomo el que tiene que preocuparse de presentar en tiempo y forma toda la documentación necesaria si quiere cobrar la prestación a la que tiene derecho. El plazo para hacer la presentación es de 15 días hábiles desde la fecha de la baja, y la presentación debe hacerse en la mutua que corresponda, aunque hoy en día estos trámites se pueden hacer online.
La documentación a presentar puede variar en función de la mutua, pero es básicamente la misma en todos los casos. En primer lugar hay que rellenar el modelo de solicitud de pago directo de la prestación por incapacidad temporal destinado a trabajadores autónomos. Es importante rellenar bien este documento para no encontrarse con una posible denegación de la prestación.