Una de las cosas que más preocupa a los españoles es su pensión por jubilación. Sí, ese momento en el que podrás dejar de trabajar y disfrutar de un sueldo mensual sin tener que mover un dedo.
El problema es que, la normativa cambia tan a menudo que a veces es muy difícil saber todo lo necesario en lo referente a la pensión de jubilación. Por este motivo, vamos a ponerte las cosas más fáciles mostrándote las respuestas de la Seguridad Social a las dudas más frecuentes.
5¿Puedo pedir una jubilación anticipada si he cesado de mi trabajo voluntariamente?
Sin duda, otra de esas preguntas que preocupan más. Por suerte, la respuesta es positiva. Tal y como indica la Seguridad Social: «Si el trabajador ‘tiene la condición de mutualista’, sí podría jubilarse a partir de los 60 años siempre que cumpla los requisitos exigidos«.
En cambio, «Si el trabajador ‘no tiene la condición de mutualista’ y el cese en el último trabajo se produce por la libre voluntad del trabajador, podría jubilarse a una edad inferior a dos años, como máximo, a la edad que reglamentariamente le sería de aplicación, siempre que alcance el resto de requisitos exigidos«.