Una de las cosas que más preocupa a los españoles es su pensión por jubilación. Sí, ese momento en el que podrás dejar de trabajar y disfrutar de un sueldo mensual sin tener que mover un dedo.
El problema es que, la normativa cambia tan a menudo que a veces es muy difícil saber todo lo necesario en lo referente a la pensión de jubilación. Por este motivo, vamos a ponerte las cosas más fáciles mostrándote las respuestas de la Seguridad Social a las dudas más frecuentes.
3¿Cuándo puede cobrar un autónomo la pensión?
Esta es otra de las dudas que más trabajadores por cuenta propia realizan.Y, en este caso entramos en terreno pantanoso, ya que la Seguridad Social valora si el trabajador tiene condición de Mutualista, en cuyo caso podrá jubilarse a partir de los 60 años, siempre que cumpla con los requisitos que puedes leer a través de este enlace.
También deja claro que, Si el trabajador «no tiene la condición de mutualista«, y cesa como Autónomo, podría jubilarse a una edad inferior en dos años, como máximo, a la edad que reglamentariamente le sería de aplicación, siempre que alcance el resto de los requisitos exigidos.