viernes, 13 diciembre 2024

¡Que no te engañen! Estos son tus derechos si no abre tu piscina

La cultura recreativa relacionadas con el baño en España es una forma de vida en verano. Practicar deportes acuáticos, nadar, relajarse, hacer terapias en el agua, rehabilitaciones, ir al parque de atracciones o, simplemente, refrescarse, son algunas de las actividades que están muy arraigadas en nuestro país y que, incluso, pueden practicarse durante todo el año, por lo que debes saber tus derechos si tu comunidad de vecinos ha decidido no abrir tu piscina este verano. 

Y es que, desde que el covid-19 apareciera en nuestras vidas, muchas de las cosas que antes nos parecían de lo más normal, ya no lo son. Porque la llegada a esta ‘nueva normalidad’ es un tanto difusa en cuanto al uso y disfrute de las piscinas. Por un lado, éstas no deberían suponer riesgo alguno en la salud de sus consumidores o bañistas, pero si se cumplen todas las normas establecidas, no debería de haber problema en que abrieran. 

2
Derechos y obligaciones de los vecinos con piscina comunitaria

Sin embargo, todas estas pautas a seguir suponen altos costes y altas inversiones para muchas comunidades de vecinos que no están dispuestos a asumir. Así que, si te encuentras en esta situación, debes saber que tienes unos derechos y obligaciones tanto si eres el inquilino como el propietario de la comunidad.

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha informado que no es a través de las piscinas que estén correctamente tratadas por lo que existe riesgo de contagio, sino que, es más importante mantener la distancia física entre las personas. Por eso, la apertura de piscinas está sujeta a limitaciones de aforo, a la necesidad de garantizar la distancia de seguridad y a la adopción de planes de limpieza y desinfección. Y, si todas las normas sanitarias se cumplen, la piscina debería y podría abrirse.

Por el contrario, y solo si no se cumplen las medidas establecidas, la piscina no se puede abrir por motivos de seguridad. Una medida a adoptar directamente por el Presidente de la comunidad, tras una reunión con el Administrador de fincas. No obstante, si se cumplen todas las normas sanitarias y condiciones en la piscina, y se trata de asumir ciertos costes económicos, las decisiones deberán tomarse a través de votación por mayoría.


- Publicidad -