sábado, 23 noviembre 2024

Los motivos por los que Felipe VI no puede renunciar a la herencia de Juan Carlos (por ahora)

Hace varios meses que el Rey Felipe VI anunció públicamente que renunciaba a la herencia de su padre, el rey emérito Juan Carlos. Esto se debe a un gran escándalo que fue descubierto, y para mantener la buena imagen de la Casa Real, decidió renunciar. Eso sí, no fue fácil, según se ha sabido, lo hizo bajo la presión de su mujer, la Reina Letizia Ortiz.

No fue hasta que su padre habló con él para que renunciara que no lo hizo. Cuando parecía que el asunto había quedado zanjado, o al menos había pasado a un segundo plano debido a la pandemia del coronavirus, aparece la noticia de que en realidad, no puede renunciar a su herencia. Sigue leyendo para descubrir los motivos.

3
El acta notarial

rey españa

El comunicado que se hizo público en el que la Casa Real informa sobre que Juan Carlos tiene conocimiento de la decisión de Felipe VI, renunciar a la herencia que le pudiera corresponder personalmente. Al igual que cualquier inversión, activo o estructura financiera cuyas características, origen o finalidad puedan no estar en consonancia con la legalidad o con los criterios de rectitud e integridad que rigen su actividad institucional y privad y deben informar la actividad de la Corona.

Además reconoce veladamente que el jefe del Estado español sabía que era beneficiario de las fundaciones ‘offshore’ de Juan Carlos I, pues así se lo trasladó hace un año Corina Larsen. Esto sucedió el 5 de marzo del año 2019, solo un mes después, el 12 de abril de 2019, suscribió un acta en la que dejaba constancia de que había a su padre que no aceptaría participar ni los beneficios de la Fundación Lucum. Tampoco en ninguna otra que no esté en «plena y estricta consonancia con la legalidad o con los criterios de la transparencia, integridad y ejemplaridad que informan su actividad institucional privada«.

Según López Suárez, esta acta también es «una mera declaración de intenciones«. Y es que la repudiación de una herencia, aunque debe hacerse ante un notario en instrumento público, se tiene que hacer una vez de lugar la apertura de la sucesión. Esto será una vez que Juan Carlos haya fallecido. Desde ese momento, la declaración de voluntad de repudiación a la herencia es irrevocable, pero antes de este momento, no tiene virtualidad.

Siguiente
Nerea Pereira Plata
Nerea Pereira Plata
Estudiante de Periodismo y chica geek. Como buena techie soy una amante de las nuevas tecnologías y me encanta probar siempre gadgets nuevos.

- Publicidad -