En España más de 2 millones de personas reciben actualmente una pensión de viudedad, de ellas un 92% son mujeres. Esto se debe a que la esperanza de vida de las mujeres es mayor a la de los hombres en nuestro país. Se trata de un derecho que nace a raíz del vínculo matrimonial, pero que también se ha reconocido a las parejas de hecho.
Sin embargo, no en todos los casos se tiene acceso a cobrar este tipo de prestación pública si se produce el fallecimiento de la pareja. Por eso, vamos a ver con más detenimiento cómo funciona esta pensión y cómo puede cobrarla alguien que ha perdido a su pareja pero no estaba casado con ella.
3La convivencia como requisito
Para tener acceso a la pensión si se es pareja de hecho hace falta cumplir unos requisitos económicos que luego veremos, pero además es necesario acreditar que existe convivencia. La Ley General de la Seguridad Social determina que debe haberse dado una convivencia mínima e ininterrumpida de cinco años.
Y no basta con esto, hace falta la inscripción como pareja de hecho en el registro público correspondiente, ya sea de la Comunidad Autónoma o del Ayuntamiento. Además, dicha inscripción debe haberse realizado con una antelación mínima de dos años a la fecha de fallecimiento.