Una de las primeras decisiones que debe tomar quien decide emprender una actividad profesional por su cuenta es bajo qué régimen jurídico lo hará. El emprendedor puede optar entre hacerse autónomo o bien crear una entidad mercantil con personalidad jurídica propia. Sin embargo, lo que pocos saben es que existe una figura a medio camino entre estas dos alternativas.
Se trata del emprendedor de responsabilidad limitada, una posibilidad regulada desde hace algunos años en la legislación española y que no es muy conocida por la mayor parte de la gente. Esto ya nos permite hacernos una idea de que no ha sido una alternativa con mucho éxito a pesar de que pretendía ser una opción viable para quienes querían trabajar por su cuenta.
6Razones del fracaso de esta figura
El emprendedor de responsabilidad limitada es una buena opción para negocios de muy pequeño tamaño. Sin embargo, nunca ha llegado a triunfar por varios motivos. El primero de ellos es que no se le ha dado publicidad suficiente y muchos emprendedores desconocen que tienen esta posibilidad.
Por otro lado, la limitación de responsabilidad es muy escasa. El único bien del patrimonio del emprendedor que queda protegido es su vivienda habitual, y ya hemos visto que no en todos los casos. Esto hace que muchas veces no compense hacer los trámites, porque al final la vivienda habitual puede acabar respondiendo por las deudas igual que en el caso de un autónomo.
Aunque el trámite de alta es bastante sencillo, implica unos costes que no tiene el darse de alta como autónomo. Además, implica el nacimiento de obligaciones como la presentación de las cuentas anuales en el Registro Mercantil.
Y esto sin olvidar que el emprendedor que adopta esta modalidad tributa lo que gana a través del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por lo que cuanto mayor es su volumen de ganancias más impuestos va a pagar.