
Para un autónomo pensar en la jubilación es algo que da un poco de vértigo, y es que el profesional por cuenta propia sabe muy bien que cuando finalice su vida laboral la pensión que le quedará será inferior a la de un asalariado. Pero la cosa se complica todavía más si además no se ha cotizado lo suficiente.
Nuestro sistema se basa en la solidaridad intergeneracional, de modo que los trabajadores actuales pagan la pensión de quienes ya se han jubilado. Pero para que nazca ese derecho a cobrar una prestación pública contributiva hay que haber cotizado previamente un número determinado de años.
5Edad mínima de jubilación

No cabe la posibilidad de que el autónomo pida una pensión no contributiva para jubilarse antes de tiempo, ya que esto crearía un sistema injusto en el que algunas personas estarían dispuestas a cobrar menos pensión a cambio de retirarse antes de la vida activa. Por eso, se exige que el solicitante tenga la edad mínima de jubilación.
Para 2020 esta edad está fijada en 65 años y 10 meses, pero va a ir subiendo progresivamente hasta llegar a los 67 en los próximos años. Aunque trabajar más puede no parecer una buena idea, lo cierto es que al alargar la vida laboral también se aumenta el período de cotización y esto permitirá que algunos autónomos ya no tengan que dependen de una pensión no contributiva sino que puedan cobrar una contributiva.