Para un autónomo pensar en la jubilación es algo que da un poco de vértigo, y es que el profesional por cuenta propia sabe muy bien que cuando finalice su vida laboral la pensión que le quedará será inferior a la de un asalariado. Pero la cosa se complica todavía más si además no se ha cotizado lo suficiente.
Nuestro sistema se basa en la solidaridad intergeneracional, de modo que los trabajadores actuales pagan la pensión de quienes ya se han jubilado. Pero para que nazca ese derecho a cobrar una prestación pública contributiva hay que haber cotizado previamente un número determinado de años.
2Pensión contributiva vs no contributiva
Como señalábamos al principio de este artículo, nuestro sistema de pensiones se basa en la solidaridad intergeneracional, de modo que quién quiere recibir una prestación pública debe haber cotizado primero para tener derecho a ella. En este caso estamos ante supuestos de prestaciones contributivas.
Pero hay casos en los que un autónomo o un asalariado no cotizan todo lo que deberían de cara a la jubilación, algo que puede ocurrir por motivos muy diferentes. ¿Quiere esto decir que no van a tener derecho a una pensión? No, lo que ocurre es que se reconoce una pensión no contributiva para garantizar que personas que han trabajado pero no han podido contribuir lo suficiente no se queden sin recursos económicos.