La cuota de cotización a la Seguridad Social se puede convertir en algunos casos en una auténtica pesadilla para los autónomos. En el sistema actual estos profesionales pagan una cuota fija todos los meses con independencia de los ingresos que genere su actividad, esto implica que tienen que pagar incluso en aquellos casos en los que no han ganado nada.
A ningún autónomo le agrada tener deudas, pero mucho menos si la cantidad debida está pendiente de pago con la Seguridad Social, ya que en estos casos comenzarán a aplicarse recargos que al final harán que la cuantía debida sea mucho más elevada. Y si ya cuesta pagar la deuda, es mucho más complicado poder abonarla si la cuantía de la misma sigue subiendo y subiendo según pasa el tiempo.
3¿Cuándo se puede solicitar el aplazamiento?
En cualquier momento una vez pasado el período reglamentario de pago y antes de que se autorice la enajenación de bienes embargados. Esto quiere decir que el interesado tiene un plazo de varios meses para poner su situación al día y pedirle un aplazamiento a la Seguridad Social.
También se puede solicitar el aplazamiento de deudas que estén dentro del plazo reglamentario de ingreso, pero no es posible pedir aplazamientos de deudas cuyo plazo de ingreso todavía no ha comenzado. Es decir, si estamos en abril puedes pedir el aplazamiento de la cuota de marzo si no la has pagado, pero no podrías pedir el aplazamiento de la cuota de junio porque su período de ingreso todavía no ha comenzado.