El contrato mercantil es un documento esencial a la hora de establecer una relación jurídica entre el autónomo y otra persona física o jurídica con la que vaya a trabajar. Con frecuencia, se asimila la firma de este tipo de contrato con la figura del falso autónomo, y es cierto que muchas veces el contrato mercantil intenta esconder una relación laboral. Pero lo cierto es que se puede firmar un documento de este tipo y ser un autónomo totalmente legal.
Es importante tener en cuenta que a través de este contrato nacen obligaciones para ambas partes implicadas, pero que en ningún caso este da lugar a una relación laboral. Para eso habría que haber un firmado un contrato laboral, algo que en el caso del autónomo daría lugar a un estado de pluriactividad.
4¿Qué información debe haber en un contrato mercantil?
Este tipo de contrato debe realizarse por escrito. Lo primero que debe constar en él es la identificación de los participantes y sus respectivos domicilios a efectos de notificaciones. Especificando además la razón o el fin con el que se firma el documento y la duración del contrato, aunque nada impide que la duración sea indeterminada.
Otro dato fundamental es la forma de retribución y el momento del pago, así como las obligaciones que ambas partes asumen a raíz de la firma. Este es el contenido mínimo, pero queda a la voluntad de los firmantes poder incluir cualesquiera otras estipulaciones que consideren oportunas. Cuanto más detallado sea el contrato mejor conocerán los implicados sus derechos y obligaciones y las consecuencias de los incumplimientos.