La crisis del Covid-19 nos está pasando factura a todos y parece que la cosa va para largo, pero nadie puede negar que el colectivo autónomo es uno de los que peor lo está pasando ahora mismo. La protección que ofrece el Estado a los trabajadores por cuenta propia siempre es menor, pero es en casos graves como este en el que más notamos esas diferencias.
Sin embargo, no podemos decir que los autónomos estén desamparados del todo. En esta ocasión se han aprobado una serie de ayudas destinadas a todos aquellos que hayan tenido que optar por el cierre de actividad a consecuencia de las medidas de confinamiento y de restricción de la actividad económica impuestas a raíz de la declaración del estado de alarma.
1¿En qué consiste esta ayuda?
Hace ya algunos años se puso en vigor la prestación por cese de actividad, también conocida como el paro de los autónomos. A ella pueden acceder aquellos trabajadores por cuenta propia que hayan cotizado por este concepto. Pero ojo, que el acceso no es fácil, es posible haber cotizado y al final no recibir esta ayuda.
Como estamos en una situación excepcional, lo que se ha acordado es dar la prestación por cierre de actividad o paro de los autónomos a todos los trabajadores por cuenta propia que lo necesiten. Con independencia del tiempo que lleven de alta en el RETA y si han cotizado o no por cese de actividad. Se busca así que nadie quede desprotegido.