Gestionar su negocio, pagar impuestos, buscar nuevos clientes… cada autónomo tiene una gran cantidad de obligaciones a las que atender y mil cosas diferentes en la cabeza. Y encima hay que sumarle una preocupación que agobia incluso a los más jóvenes: la pensión de jubilación. De sobra sabemos que la cuantía que les queda a los trabajadores por cuenta propia es bastante baja y en muchos casos obliga a buscar alternativas como la jubilación activa.
El autónomo tiene que planificar muy bien el momento de su jubilación para asegurarse de que va a tener recursos económicos suficientes para disfrutar de su retiro dorado. Pero puede ocurrir que mientras está en activo haga algunas cosas que puedan poner en peligro, aunque él no lo sepa, el cobro de una futura pensión de jubilación.
3Si hay deudas no hay pensión
Así de claro, si un autónomo que está a punto de jubilarse tiene deudas pendientes de pago con la Seguridad Social no va a poder acceder a la prestación pública que le corresponda. No importa que cumpla el resto de requisitos o que tenga derecho a cobrar el 100% de la pensión por los años que ha cotizado, mientras haya una deuda pendiente no va a cobrar nada.
El requisito de estar al corriente de pagos a la Seguridad Social solo se exige a los autónomos y no al resto de empleados porque en este casos son ellos los únicos responsables de que las deudas estén o no pagadas. Además, cuando se habla de deudas se hace referencia a cuotas de cotización, recargos e intereses de demora.
Podría ocurrir que un autónomo haya tenido una deuda en alguna ocasión y se haya puesto al día pero se haya dejado sin pagar los intereses de demora o los recargos aplicados por la Administración Pública. Por pequeña que sea esa cantidad, hasta que no esté pagada el interesado no podrá cobrar su pensión de jubilación.