Están siendo tiempos difíciles para todos y más todavía para los autónomos. De hecho, ya hay quien afirma que los efectos económicos del coronavirus van a ser todavía peores que los efectos a nivel social y de salud. Millones de empresas, autónomos y empleados se están viendo afectados por la situación.
En el caso de los autónomos al no poder trabajar, o al hecho de que hayan bajado mucho sus ingresos, se suma la obligatoriedad de pagar cotizaciones a la Seguridad Social e impuestos (no debemos olvidar que acaba de terminar el primer trimestre). Esto hace que el momento sea todavía más complicado. Por eso, desde el Gobierno se ha aprobado una moratoria fiscal y de pago de cotizaciones a la Seguridad Social.
3Solicitud de la moratoria para los autónomos
Las solicitudes deben hacerse a la Tesorería General de la Seguridad Social dentro de los 10 días naturales siguientes al día que corresponde al ingreso de la cuota. Es decir, que quienes quieran pedir la moratoria del pago de la cuota de marzo pueden solicitarlo hasta el día 10 de abril. Agotado ese plazo ya no podrán aplazar este pago.
En el caso de autónomos que han solicitado la prestación por cierre de actividad la falta de pago de las cotizaciones correspondientes a los días efectivamente trabajados en marzo no será sancionada con intereses. Así que se podrá pagar fuera de plazo esta cotización sin sufrir por ello ningún tipo de recargo.
Por lo que se refiere a los pagos de cotizaciones que se devenguen entre los meses de abril y junio, los autónomos tienen hasta el 30 de junio para solicitar el aplazamiento de estas deudas siempre y cuando no tengan ya ningún otro aplazamiento en vigor.