Cada vez que llega el momento de hacer la liquidación trimestral de impuestos al autónomo le entran dudas sobre los gastos que se puede deducir y aquellos que no puede incluir en su declaración. Y no es extraño que un profesional por cuenta propia le dé tantas vueltas a este tema, puesto que está sometido a una gran presión fiscal y además tiene que asumir un gran volumen de gastos en su negocio.
Sacar adelante un proyecto profesional no es nada fácil, con frecuencia requiere invertir un dinero que muchas veces no se tiene, lo que obliga a buscar financiación externa. Y a ello hay que sumarle que todo negocio lleva una serie de gastos asociados. Algunos de ellos son desgravables, pero otros no, y es importante diferenciarlos para evitar posibles sanciones por parte de Hacienda.
6Gastos de restauración
No es nada raro que un autónomo invite a comer un cliente, pero todos sabemos que los gastos de representación tienen muy difícil justificación. Aquí nuevamente la Agencia Tributaria se pone suspicaz y destaca que es muy complicado demostrar que esa comida en un restaurante de verdad tenía una finalidad comercial.
Sin embargo, lo que sí puede deducirse el autónomo son los gastos de manutención. Por ejemplo, si hace la pausa para la comida en un restaurante. Lo que se exige en este caso es que se haga el abono con medios electrónicos de pago que permitan tener constancia de quién es la persona que ha abonado el importe.